. Según la ley vigente toda persona que viva en España tiene la obligación de proceder a su empadronamiento en el municipio en el que resida habitualmente y ello tenga la nacionalidad española sea inmigrante o extranjero
Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año El padrón municipal es pues un registro de carácter administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o residen habitualmente en ese municipio.
Sus datos son una prueba de la residencia en el municipio Los Ayuntamientos son responsables de su creación, de mantenerlo , de revisarlo y de custodia, y todos los padrones de todos los municipios son coordinados por Instituto Nacional de Estadística de España . Existe asimismo un consejo de empadronamiento, que es el órgano encargado de dirimir aquellos supuestos en los que haya discrepancias entre las diferentes administraciones intervinientes en el proceso .
En este consejo participa tanto la administración general del estado ( INE, Oficina del Censo Electoral y Ministerio de AAPP) como representando a las entidades locales.
El Padrón municipal es la única fuente a partir de la que se obtienen cifras oficiales de población, que el Gobierno aprueba mediante Decreto Ley a propuesta del INE, tras el informe vinculante del Consejo de Empadronamiento.
Los Censos de población y otras operaciones estadísticas de todo tipo, desde la explotación estadística del propio Padrón, a las relacionadas con el Movimiento Natural de Población (MNP), o al numero de inmigrantes o extranjeros, permiten estudiar las características demográficas, la estructura básica y las proyecciones de la población de España, pero no proporcionan directamente ninguna cifra de carácter oficial.
Los datos del padrón se publican tomando como referencia el 1 de enero de cada año y los acumulados datos del padrón pueden consultarse en la propia página del Ine ( www.ine.es )